Con carácter general y, con efectos de la liquidación para los hechos impositivos que se devenguen durante el ejercicio 2016, se ha aprobado la actualización de los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar, por referencia al mismo, el valor real de determinados bienes inmuebles de naturaleza urbana radicados en esta Comunidad Autónoma a efectos del ITP y AJD e ISD.
La presente orden de referencia aprueba, respecto a los municipios incluidos en el Anexo I de la misma, la actualización de los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar, por referencia al mismo, el valor real de determinados bienes inmuebles de naturaleza urbana de una serie de municipios radicados en esta Comunidad Autónoma, a efectos de la liquidación de los hechos imponibles del ITP y AJD y del ISD que se devenguen desde su entrada en vigor.
Asimismo, aprueba los coeficientes aplicables en 2016 al valor catastral para estimar el valor real de determinado tipo de inmuebles de naturaleza urbana con construcciones cuya tipología constructiva se destinen a usos como oficinas, almacenamiento, comercial e industrial -excepto los bienes de interés cultural, mercados y supermercados, industrias fabriles y servicios de transportes-.
En cuanto a la metodología a aplicar, es la recogida en la Orden Aragón 23-8-2012, entendiéndose que cualquier referencia que en la misma se hace a otros períodos se ha de entender realizada al ejercicio 2016.
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