Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Certificado de deudas tributarias

Desde 24-5-12, se modifica en Gipuzkoa la regulación del certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias, emitido por la Administración tributaria, a efectos de exonerar de responsabilidad a quienes contraten o subcontraten la ejecución de obras o la prestación de servicios correspondientes a su actividad económica principal, por las obligaciones relativas a tributos que deban repercutirse o cantidades que deban retenerse a trabajadores, profesionales u otros empresarios, en la parte que corresponda a las obras o servicios objeto de la contratación o subcontratación.
En concreto, a fin de conseguir una mejor identificación del pagador, y facilitar la comprobación de las subcontratas, se desglosan, por un lado, el tiempo de emisión y las consecuencias de la falta de emisión del certificado expedido a instancia de los contratistas o subcontratistas de obras y servicios; y, por otro, las características que ha de reunir la solicitud del citado certificado.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).