El Consejo regional de medio ambiente de Castilla y León se crea como órgano colegiado de carácter consultivo cuyo fin es servir de lugar de encuentro y participación de los sectores implicados en la elaboración, consulta y seguimiento de las políticas ambientales orientadas a promover la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible.
Queda adscrito a la consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de medio ambiente.
Funciona en pleno y en comisiones sectoriales, en concreto, la comisión de pesca, caza y de montes.
A la comisión de montes le corresponde ejercer las siguientes funciones:
– informar las disposiciones administrativas de carácter general en materia de montes en los casos establecidos normativamente siempre que no corresponda al pleno;
– informar los planes de ordenación de los recursos forestales;
– proponer medidas de conservación, protección, mejora, fomento y ordenado aprovechamiento de los montes;
– informar al pleno de las actuaciones realizadas en la comisión; y
– todas las demás que le asigne el pleno.
NOTA
Se derogan las disposiciones siguientes:
a) D Castilla y León 227/2001 que crea el Consejo Asesor de Medio Ambiente de Castilla y León;
b) D Castilla y León 258/2000 de creación del Consejo regional de espacios naturales.
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