A efectos de cómputos de plazos para cualquier actuación ante la Administración General del Estado y sus Organismos públicos se establecen para 2015:
– Los días inhábiles en todo el territorio nacional: todos los domingos, así como los días 1 y 6 de enero, 3 de abril, 1 de mayo, 15 agosto, 12 de octubre, 8 y 25 de diciembre. Fechas que han sido declaradas fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de CCAA no ha ejercido su facultad de sustitución.
– Los días inhábiles en el ámbito territorial de las CCAA: los festivos de las distintas CCAA.
– En los ámbitos territoriales de las entidades que integran la Administración local: las fiestas de las entidades locales que deberán publicarse en los calendarios autonómicos de días inhábiles.
En un anexo a la norma que se comenta se encuentran los días inhábiles nacionales y los festivos de las distintas CCAA.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios