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Borrador de declaración del IRPF

Con efectos desde el 31-10-2012 se modifica la normativa reguladora del borrador de declaración para actualizar el perfil del contribuyente destinatario del mismo. En concreto, se deslegaliza la delimitación del perfil de borrador, de modo que la Orden Ministerial anual de la campaña del IRPF pueda ir adaptando aquel a las modificaciones normativas, de gestión del servicio, etc., posibilitando un mayor grado de flexibilidad que permita extender progresivamente este servicio a un mayor número de contribuyentes sin necesidad de proceder para ello a continuas modificaciones de la norma legal reguladora del impuesto.
De este modo, la Administración tributaria podrá poner a disposición de los contribuyentes, a efectos meramente informativos, un borrador de declaración siempre que obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes:
– Rendimientos del trabajo.
– Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o ingreso a cuenta, así como los derivados de letras del Tesoro.
– Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.
– Imputación de rentas inmobiliarias y aquellas otras fuentes de renta que establezca el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, de acuerdo con la información de la que pueda disponer en lo sucesivo la Administración tributaria, con los límites y condiciones señalados por el mismo.

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