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Bonificaciones en el IP de La Rioja

Con el fin de terminar con la dispersión normativa en materia fiscal y avanzar en el compromiso de simplificación y racionalización normativa, con efectos desde el 1-1-2017, en la Comunidad Autónoma de La Rioja se ha aprobado un solo texto regulador de todas las normas vigentes con rango de ley en materia de impuestos en la citada Comunidad Autónoma.
Entre los impuestos cedidos, en el ámbito del IP se mantiene la bonificación general en el IP en los mismos términos en los que se regulaba hasta ahora, de forma que, con posterioridad a las deducciones y bonificaciones reguladas en la normativa estatal, si la cuota resultante resulta positiva, se aplica sobre la misma una bonificación autonómica del 50% de dicha cuota. La bonificación no se aplica si la cuota resultante es nula.

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