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Bizkaia: se aprueba el modelo de comunicación de participación en proyectos de I+D e IT. IS

Se aprueba el modelo 20 I, a efectos de dar cumplimiento a lo establecido por la normativa del IS para aplicar la nueva deducción dirigida a los partícipes en la financiación de proyectos de I+D e IT (NF Bizkaia 11/2013 art.64 bis.6; DF Bizkaia 203/2013 art.36 bis.3). Las características del modelo 20 I son las siguientes:
a) Obligados a presentar el modelo. Debe presentar el modelo 20 I el contribuyente del IS o del IRNR que opere con mediación de establecimiento permanente, que:
– desarrolle el proyecto de I+D o IT;
– cumpla los requisitos establecidos para generar el derecho a las deducciones por I+D o IT. (NF Bizkaia 11/2013 art.62 a 64);
– le sea de aplicación la Norma Foral del IS. Si al realizador del proyecto no le corresponde aplicar la citada normativa, la entidad que debe presentar la comunicación es el contribuyente al que le sea de aplicación la Norma Foral del IS y participe en la financiación del proyecto de I+D o IT (NF Bizkaia 11/2013 art.64 bis).
b) Objeto de la comunicación. Los contribuyentes que realicen el proyecto de I+D o IT, o en su caso, los que participen en su financiación, deben comunicar lo siguiente:
– la información relativa a la entidad que desarrolla el proyecto, así como los que lo financien;
– la descripción del proyecto;
– el presupuesto aceptado y su forma de financiación, especificando separadamente: las cantidades que aporta el contribuyente que realiza el proyecto; las que aporta el contribuyente que participa en su financiación; y las que corresponden a créditos de instituciones financieras, subvenciones y otras medidas de apoyo.
c) Forma de presentación: El modelo 20 I debe presentarse de forma obligatoria por vía telemática en las condiciones establecidas en la OF Bizkaia 2189/2017 art.5.
d) Plazo de presentación. El modelo 20 I debe presentarse antes de la finalización del período impositivo en el que comience el desarrollo del proyecto de I+D o IT.
La comunicación complementaria prevista en Reglamento del IS (DF Bizkaia 203/2013 art.36 bis.3) debe presentarse en el plazo de 3 meses desde la recepción del informe motivado relativo al cumplimiento de los requisitos científicos y tecnológicos para calificar las actividades como I+D o IT (NF Bizkaia 11/2013 art.64 bis.6).
e) Documentación. La documentación a aportar junto con la presentación del modelo 20 I es la siguiente:
contrato de financiación suscrito entre los contribuyentes que realicen el proyecto de I+D o IT y los que participen en su financiación;
informe motivado para aplicar las deducciones por actividades de I+D o IT emitido por órganos competentes por razón de materia del Gobierno Vasco o de la Diputación Foral de Bizkaia o un organismo o entidad adscrito a ellos (NF Bizkaia 11/2013 art.64.2; DF Bizkaia 203/2013 art.35).
En el caso previsto en el DF Bizkaia 203/2013 art.36 bis.2 párrafo segundo, debe adjuntarse copia de la solicitud del informe motivado, denominado «informe de calificación a efectos fiscales».

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