La regulación de las Consejerías baleares llevada a cabo por D Baleares 24/2015 se modifica en relación con la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad.
Se modifican las denominaciones y competencias, resultando compuesta por la siguiente estructura orgánica básica:
– Secretaría general.
– Dirección general de puertos y aeropuertos
– Dirección general de ordenación del territorio
– Dirección general de movilidad y transportes. Se le atribuyen la planificación, ordenación, inspección y control de los transportes terrestres; incoación y resolución de los correspondientes expedientes sancionadores; políticas de movilidad; supresión de barreras arquitectónicas en los medios de transporte público de viajeros por carretera y ferrocarril; planificación, construcción, ordenación y gestión de las carreteras de titularidad autonómica y de otras infraestructuras públicas.
– Dirección general de arquitectura y vivienda
– Dirección general de energía y cambio climático. Le corresponden las competencias relativas a energías convencionales y alternativas; fomento y planificación de la eficiencia energética y utilización de energías renovables; ordenación energética; instalaciones eléctricas de alta tensión; redes de transporte y distribución de electricidad y gas; coordinación de actuaciones en materia de cambio climático; cumplimiento de los compromisos de reducción de emisión de gases de efecto invernadero; control de la contaminación atmosférica; inventario de emisiones; calidad del aire; laboratorio de la atmósfera; seguimiento de la evolución del clima; estadísticas energéticas y de cambio climático; y coordinación y control de las políticas energéticas de la Administración de la Comunidad Autónoma y de sus entidades instrumentales.
NOTA
En todo lo demás se mantienen las competencias previstas en la normativa reguladora.
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