Las personas físicas pueden comunicar un número de teléfono móvil o una dirección de correo electrónico, a través de los cuales recibir avisos de las notificaciones emitidas por la AEAT.
Para acceder a este servicio voluntario se debe disponer de Cl@ve PIN, certificado electrónico o DNI electrónico o de su número de referencia (obtenido a través del Servicio RENØ).
En ningún caso este aviso tiene la consideración de notificación.
Se puede acceder a la notificación a través de la Sede electrónica de la AEAT:
– con Cl@ve PIN;
– certificado electrónico; o
– DNI electrónico.
Con el número de referencia no se podrá acceder a la notificación. Sin perjuicio de lo anterior se enviará la notificación por correo postal.
Si por motivos técnicos, no es posible realizar el aviso, ello no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.
Las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, obligadas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas recibirán un aviso de la existencia de una notificación pendiente en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH), siempre que haya comunicado una dirección de correo electrónico.
Actualidad jurídica
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