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Aragón. Consejo de Ordenación del Territorio

Se atribuyen al Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón las siguientes competencias:
a) Emitir informe sobre los instrumentos de ordenación territorial elaborados por la comunidad autónoma.
b) Emitir informe territorial en el procedimiento de declaración de interés general de Aragón de planes o proyectos.
c) Emitir informe en las convocatorias públicas de selección de la ubicación de planes o proyectos de interés general de Aragón.
d) Emitir dictamen sobre los planes y proyectos del Estado con incidencia territorial.
e) Emitir informe territorial sobre los planes, programas y proyectos con incidencia territorial.
f) Emitir informe territorial sobre los planes generales de ordenación urbana de los municipios capitales de provincia, los planes conjuntos de varios municipios pertenecientes a varias provincias o de aquellos otros municipios que, por su trascendencia territorial, determine el Consejero competente en materia de ordenación del territorio.
g) Evacuar las consultas que le sean requeridas por las Cortes de Aragón, el Gobierno de Aragón, la Comisión Delegada del Gobierno para la Política Territorial, el consejero responsable en materia de ordenación del territorio u otros departamentos.
h) Emitir informe sobre los proyectos de modificación.
i) Promover la realización de investigaciones y reuniones científicas, estudios y actuaciones de divulgación en materia de ordenación del territorio y, en especial, módulos de formación sobre concepto y aplicación del impacto territorial.
En relación con las competencias atribuidas por otras leyes, le corresponden:
a) Emitir informe según L Aragón 12/1997 art.16.3.
b) Emitir los informes previstos en L Aragón 6/1998, en relación con los expedientes de declaración y pérdida de la condición de espacio natural protegido, aprobación o modificación de planes de ordenación de los recursos naturales, aprobación de planes rectores de uso y gestión, aprobación de nuevos lugares de importancia comunitaria, designación de nuevas zonas de especial protección para las aves, modificación del ámbito territorial de un espacio de la Red Natura 2000, aprobación de planes de gestión de zonas de especial conservación y zonas de especial protección de las aves, de declaración de Reserva de la biosfera, de adopción de medidas de fomento y gestión de lugares de interés geológico, de inscripción de un bien de patrimonio natural de la Comunidad Autónoma de Aragón en la lista del patrimonio mundial, cultural y natural de la UNESCO y de inscripción de nuevos humedales en la lista de humedales de importancia internacional del Convenio de Ramsar.
c) Emitir informe en el procedimiento de elaboración de los planes territoriales del patrimonio cultural aragonés.
d) Emitir informe en el procedimiento de elaboración de los planes sobre abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas residuales.
e) Emitir informe en el procedimiento de elaboración de las directrices parciales sectoriales de ordenación de los recursos turísticos.
f) Emitir informe en los procedimientos de elaboración de las directrices y los proyectos de interés general de Aragón.
g) Emitir los informes previstos en L Aragón 6/2009 regulador de los centros de ocio de alta capacidad de Aragón.
h) Cualquier otra que le atribuya la legislación sectorial.

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