En materia de comercio interior y durante la tramitación del procedimiento de aprobación de los planes urbanísticos, la consejería competente en esa materia debe emitir informe comercial relativo al planeamiento general.
El plazo para su emisión es de 3 meses.
Sin embargo, en el caso del planeamiento de desarrollo el plazo es de 1 mes contado desde la entrada de la solicitud con la documentación completa en su registro.
El silencio tiene carácter favorable.
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