Hasta el 31-12-2015, las entidades aseguradoras y reaseguradoras deben adoptar las medidas necesarias para la progresiva adaptación a las directrices sobre el sistema de gobierno, la evaluación interna prospectiva de los riesgos, el suministro de información al supervisor y solicitud previa de modelos internos, en la fase preparatoria previa a la aplicación de la Directiva de Solvencia II (Dir 2009/138/CE), debiendo presentar antes del 31-7-2014 a la DG de Seguros y Fondos de Pensiones un calendario debidamente aprobado por su órgano de administración que permita la implantación progresiva de su contenido.
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