Derecho de los interesados a ser informados por los letrados de la administración de justicia y los funcionarios competentes de la oficina judicial sobre el estado de las actuaciones judiciales. Asimismo, las partes y cualquier persona con interés legítimo y necesariamente directo pueden obtener, por el conducto procesal adecuado y a su costa, copias simples, testimonios y certificados de los documentos que consten en los autos, siempre que estos no hayan sido declarados secretos ni reservados.
Plazo para la comunicación de la variación de datos facilitados al practicarse la afiliación y período que se puede solicitar de devolución por ingreso indebido por la afiliación indebida.
Dentro de los datos que los empresarios han de incluir en la solicitud de inscripción de empresa se incluye el código o los códigos de convenio colectivo aplicables, en su caso, así como su obligación de comunicar la variación de dicho dato. Se reduce, además, el plazo de comunicación, en general, de variación de datos y de extinción de empresa o el cese temporal o definitivo de su actividad, de 6 a 3 días y, en caso de no efectuar la empresa este comunicado, la actuación de oficio imposible de notificar a los interesados se publica en el BOE. También se reduce el período que ha de conservar el empresario los documentos de inscripción.
Simplificación del régimen de cotización de los representantes de comercio, estableciéndose como única particularidad el que la base de cotización mensual para las contingencias comunes no va a poder ser inferior ni superior, respectivamente, a las bases mínima y máxima establecidas en cada momento para el grupo 5 de cotización.
Desde el 26-7-2015, queda derogada la normativa específica sobre formalización de la afiliación y de las altas, bajas y demás variaciones producidas con posterioridad a aquélla de los representantes de comercio.
Desde el 26-7-2015 quedan derogados los artículos referenciados que recogían normativa sobre: inscripción, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos, cotización, recaudación y reintegros.
Solicitud de prorrateo para distribuir los porcentajes de las bases máximas y mínimas de cotización.
A partir del 1-10-2015 la Sala de lo Social del TS podrá revisar una resolución judicial firme cuando el TEDH haya declarado que viola alguno de los derechos reconocidos en el CEDH y sus Protocolos, siempre y cuando la violación, por su naturaleza y gravedad, entrañe efectos que persistan y no puedan cesar de ningún otro modo que no sea mediante esta revisión que no pude perjudicar derechos adquiridos de buena fe por terceras personas.
Las Audiencias Provinciales conocerán, a partir del 1-10-2015, de los recursos contra las resoluciones dictadas por los Juzgados de primera instancia en los procedimientos relativos a concursos de personas físicas y a acciones individuales relativas a condiciones generales de la contratación.
Aplicación de deducciones en la cotización según el sistema de liquidación utilizado.