Reforma fiscal en el IRPF
Se ha aprobado la reforma del IRPF que tiene como pilares vertebradores de la misma la familia, los trabajadores por cuenta ajena y propia y el ahorro.
Se ha aprobado la reforma del IRPF que tiene como pilares vertebradores de la misma la familia, los trabajadores por cuenta ajena y propia y el ahorro.
Se amplían los supuestos de opción de tributación por el IRPF a residentes en la UE, y se amplía esta posibilidad a aquellos que residan en el Espacio Económico Europeo.
Se simplifica el régimen fiscal de trabajadores desplazados a territorio español, excluyendo del mismo a los deportistas profesionales y permitiendo la inclusión de los administradores de sociedades.
Se modifica el régimen de SOCIMI, exceptuando la retención en la distribución de dividendos entre dos entidades acogidas al régimen fiscal especial aplicable a las mismas, cuando ambas sean residentes fiscales en territorio español. También se excepciona de tributación a la transmisión de participaciones en este tipo de entidades por los socios no residentes cuando su participación en la misma sea inferior al 5%.
Se limita la exención de la indemnización por despido o cese del trabajador y se elimina la prevista para dividendos y participaciones en beneficios.
Desde el 1-1-2016 se adecúa, en el ámbito de contribuyentes del IRPF, la configuración como tal de las sociedades civiles siempre que las mismas no estén sujetas al IS por tener objeto mercantil.
Se regula la tributación para aquellos contribuyentes que pierdan dicha condición por cambio de residencia, conocido como exit tax.
Se regula novedosamente la imputación temporal de créditos vencidos y no cobrados.
Con la reforma de la LIRPF se han reforzado los requisitos exigidos para la aplicación de este régimen especial, además de haber sometido a tributación algunas ganancias tácitas puestas de manifiesto en determinadas circunstancias.
Se posibilita la regularización voluntaria de las pensiones procedentes del extranjero que no hayan sido declaradas por los contribuyentes del IRPF.
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