Novedades de la reforma laboral con incidencia en el ámbito fiscal

De entre las medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, destacamos por su incidencia en el ámbito fiscal, el importe de la cuantía exenta de la indemnización por despido improcedente que se fija, desde el 12-2-2012, en 33 días por año de servicio, con un límite de 24 mensualidades.

Diferimiento en la aplicación de deducciones por inversiones

Cumpliendo con los requisitos exigidos, se puede diferir la aplicación de la deducción hasta el ejercicio en que se produzcan resultados positivos, siempre que se esté dentro del plazo de prescripción previsto en la LGT.

Nuevos incentivos fiscales derivados de la reforma laboral para empresas con menos de 50 trabajadores

A partir del 12-2-2012, las empresas con menos de 50 trabajadores pueden concertar con menores de 30 años o desempleados beneficiarios de una prestación contributiva por desempleo, una nueva modalidad de contrato de trabajo que da derecho a la aplicación de bonificaciones en la cuota empresarial a la seguridad Social y de nuevas deducciones fiscales.

Convenios para evitar la doble imposición. Pensiones públicas

Cuando se exija la residencia y la nacionalidad para la exención de las pensiones públicas, solo son competentes para acreditar la residencia las autoridades fiscal del país en cuestión, admitiéndose cumplido en segundo requisito en caso de doble nacionalidad.

Novedades en Cantabria

Para los hechos imponibles acaecidos a partir del 1-1-2012, se establece una bonificación autonómica del 99% de la cuota tributaria para las adquisiciones mortis causa de todos los obligados tributarios incluidos en los grupos I y II de parentesco, y se incrementan y flexibilizan tanto la reducción de la base imponible en las transmisiones de empresas familiares, como la bonificación en las donaciones de dinero metálico a descendientes destinadas a la adquisición o creación de una empresa.

Deudas compensables

Si la deuda está impugnada y suspendida, mientras dure la suspensión no puede ser objeto de compensación, pero este efecto no es consecuencia de la ausencia de firmeza, sino de la pérdida, por razones cautelares, de su condición de exigible.